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Prórroga de Implementación del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE)

  • Foto del escritor: Daniela Lavin
    Daniela Lavin
  • 26 dic 2024
  • 1 Min. de lectura

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 000293-2024/SUNAT del 23 de Diciembre de 2024, SUNAT ha establecido una prórroga para la implementación del SIRE para determinados contribuyentes.


📑 ¿Qué es el SIRE y quiénes están Obligados a aplicarlo?


  • El SIRE permite llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de manera integrada y electrónica.

  • Obligación aplicable a:

    • Sujetos incluidos en el Anexo N° 7 de la Resolución.

    • Contribuyentes que desde julio de 2023 a diciembre de 2024 adquirieron la obligación de llevar registros en SLE - PLE o SLE - Portal.

    • Contribuyentes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta o Régimen MYPE Tributario.

    • Sujetos que opten por afiliarse voluntariamente al SIRE.


🕛 Plazos de Implementación


  • Fecha Original: Enero 2025.

  • Nueva Fecha: Julio 2025 (aplicable a determinados contribuyentes).

  • Esta prórroga aplica a:

    • Principales contribuyentes.

    • Sujetos con alto volumen de comprobantes de pago emitidos.


💡 Motivo de la Prórroga


  • Garantizar la adecuada implementación tecnológica.

  • Permitir que los contribuyentes adapten sus sistemas para operar el SIRE sin inconvenientes.


📈 Beneficios del SIRE


  • Simplificación y unificación del Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras.

  • Automatización y precisión: Menos errores manuales.

  • Acceso en línea: Administración desde cualquier lugar.


🛠️ Recomendación


Es fundamental que las empresas se preparen con anticipación y se aseguren de contar con el soporte tecnológico necesario para implementar esta obligación. Es importante mencionar que SUNAT continuará brindando asistencia durante el proceso de transición.

 
 
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