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Provincia de Buenos Aires implementa nuevo régimen de recaudación para Proveedores de Servicios de Pago

  • Foto del escritor: Daniela Lavin
    Daniela Lavin
  • 8 sept
  • 1 Min. de lectura
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La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 25/2025, que establece un régimen de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable a las acreditaciones en cuentas de pago ofrecidas por los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP).


Con esta medida, la Provincia se adhiere al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), aprobado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.


¿A quiénes alcanza?


  • A contribuyentes de Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, tanto locales como sujetos al Convenio Multilateral, cuando reciban fondos en cuentas de pago abiertas en PSPOCP.


  • Están obligados a actuar como agentes de recaudación los propios PSPOCP inscriptos en el registro del Banco Central.


Exclusiones


El régimen contempla varias exclusiones, entre ellas:


  • Sueldos, jubilaciones y pensiones


  • Transferencias entre cuentas del mismo titular


  • Exportaciones, plazos fijos y operaciones financieras específicas


  • Prestaciones sociales como AUH, subsidios y planes estatales


Alícuotas


Las alícuotas varían según la actividad y el tipo de contribuyente, con un esquema que va desde 0,01% hasta 5%, aplicadas al momento de la acreditación de fondos.


Vigencia


La norma entrará en vigor en dos etapas:


  • 1° de octubre de 2025: para los PSPOCP ya incluidos en el listado oficial de agentes de recaudación de la Comisión Arbitral


  • 1° de noviembre de 2025: para los PSPOCP que, cumpliendo las condiciones, aún no se encuentren en dicho listado.


Fuente: ARBA

 
 

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