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Modificación de criterios para emisión de Factura "A" en Argentina

  • Foto del escritor: Daniela Lavin
    Daniela Lavin
  • 27 jun
  • 2 Min. de lectura

El 27 de junio de 2025 entra en vigor la Resolución General 5716/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que modifica de manera significativa el régimen de autorización para emitir comprobantes clase “A”, “A con leyenda” y “M”, con impacto directo en el IVA y el Impuesto a las Ganancias.


Esta norma modifica la histórica Resolución General N° 1575 y redefine los parámetros técnicos, patrimoniales y fiscales bajo los cuales los contribuyentes acceden a la emisión de comprobantes.


¿Qué cambia con la nueva resolución?


Evaluación cuatrimestral automática


A partir de ahora, los contribuyentes serán evaluados por ARCA en forma cuatrimestral (febrero, junio y octubre) para determinar si pueden emitir comprobantes clase “A”, “A con leyenda ‘Operación Sujeta a Retención’” o “M”. Esta evaluación se basará en:


  • Información del Libro IVA Digital o del formulario F. 2051


  • Cumplimiento formal


  • Comportamiento fiscal histórico


  • Patrimonio declarado (bienes personales)


Simulación preventiva


Durante los primeros 7 días de cada mes de evaluación, se realizará una simulación anticipada que notificará a los contribuyentes las inconsistencias detectadas. Esto permite subsanar errores antes de la evaluación definitiva, mejorando la transparencia y el cumplimiento voluntario.


Nuevos requisitos patrimoniales


Para acceder a comprobantes clase “A”, el contribuyente deberá:


  • Acreditar bienes en el país (excluyendo efectivo y artículos del hogar) superiores al 15% del mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales.


  • O contar con inmuebles y vehículos cuyo valor total supere el 6% del mismo mínimo no imponible.


También se excluye expresamente a quienes hayan solicitado la baja en IVA en los últimos 12 meses mientras estaban inhabilitados o bajo facturación “M”.


Qué pasa si no se cumplen los requisitos?


  • Se autorizará la emisión de comprobantes clase “M”, con la posibilidad de manifestar disconformidad a través de “Presentaciones Digitales”.


  • Como alternativa, quienes no cumplan con los requisitos patrimoniales pero no tengan inconsistencias fiscales, podrán optar por emitir comprobantes “A con leyenda: Operación Sujeta a Retención”.


¿Cómo se informan los resultados?


  • El resultado de cada evaluación será notificado en el domicilio fiscal electrónico y podrá consultarse en el micrositio “Facturación” del sitio web de ARCA.


  • Los contribuyentes podrán ver el detalle de las inconsistencias o incumplimientos en el servicio “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”.


Principales implicancias


  • Mayor transparencia: el contribuyente podrá conocer de antemano su situación y regularizarla.


  • Evaluación automatizada y periódica: reemplaza análisis estáticos por un monitoreo fiscal continuo


  • Exigencias patrimoniales claras: se eleva el estándar para quienes quieran emitir factura “A”.


  • Mayor uso de herramientas digitales: Libro IVA Digital, formularios F.2051, notificaciones electrónicas, simulaciones preventivas.


¿Cuándo entra en vigencia?


La norma rige a partir del 27 de junio de 2025.


 
 

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