En el fascinante universo de la economía digital, es crucial conocer y comprender las particularidades del IVA en servicios digitales para las empresas no residentes que operan en América Latina y el Caribe. Los invitamos a recorrer su aplicación en la región.
Argentina 🇦🇷- Grava con IVA ciertos servicios digitales prestados por no residentes. Los intermediarios financieros locales, como proveedores de tarjetas, deben percibir y recaudar el 21% de IVA, como así también el Impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) de determinadas jurisdicciones y el impuesto PAIS.
Aruba 🇦🇼- Exige a proveedores no residentes registrarse y tributar por operaciones B2C.
Bahamas 🇧🇸- Algunos servicios digitales de no residentes pueden gravarse con IVA bajo ciertas condiciones. Aún se espera la regulación específica.
Barbados 🇧🇧- Exige a proveedores no residentes registrarse y recaudar el IVA correspondiente a transacciones B2C y B2B.
Bolivia 🇧🇴 - Aunque aún no hay regulaciones específicas, se contempla un proyecto de ley para aplicar el IVA a servicios digitales, proponiendo el registro y pago por parte de proveedores no residentes, como así también mecanismos de retención,
Brasil 🇧🇷 - La reciente reforma tributaria permite gravar servicios digitales. La reglamentación del IVA dual (CBS y IBS) está en proceso.
Chile 🇨🇱- Grava ciertos servicios digitales prestados por no residentes con un IVA del 19%. Cuenta con un mecanismo simplificado para el registro, liquidación y pago.
Colombia 🇨🇴 - Exige a proveedores no residentes registrarse y recaudar el 19% de IVA, pudiendo optar por el mecanismo de retención a través de intermediarios financieros locales.
Costa Rica 🇨🇷- Grava a proveedores no residentes que ofrezcan servicios a consumidores locales, para lo cual se establecieron dos mecanismos de recaudación (13%): registro o retención por instituciones financieras locales.
Ecuador 🇪🇨 - Grava con IVA (12%) los servicios digitales prestados por no residentes. La recaudación se realiza a través de instituciones financieras y proveedores de servicios de pago locales.
El Salvador 🇸🇻 - Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes.
Guatemala 🇬🇹- Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes.
Honduras 🇭🇳- Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes.
México 🇲🇽- Exige a proveedores no residentes registrarse, liquidar y recaudar el 16% de IVA. Además, en el caso de plataformas de intermediación deben retener impuestos aplicables a transacciones con proveedores mexicanos.
Nicaragua 🇳🇮- Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes.
Panamá 🇵🇦- Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes, pero se prevé la regulación en el futuro.
Paraguay 🇵🇾- Grava con un 10% de IVA ciertos servicios digitales de no residentes. La recaudación se realiza a través de intermediarios financieros locales.
Perú 🇵🇪- Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes, pero hay un proyecto de ley mediante el cual se prevé su regulación.
República Dominicana 🇩🇴- Actualmente no hay regulaciones específicas para servicios digitales por proveedores no residentes, pero hay un proyecto de ley mediante el cual se prevé su regulación.
Uruguay 🇺🇾 - Grava a prestadores no residentes de determinados servicios digitales con un 12% de Impuesto a la Renta (IRNR) y un 22% de IVA. Se implementó un mecanismo simplificado para registro, liquidación y pago.
En este dinámico entorno, con diversas regulaciones aplicables, Brinta se presenta como un aliado estratégico, permitiendo a través de su solución tecnológica, simplificar y centralizar el cumplimiento de obligaciones tributarias en los distintos países. Esto brinda a las empresas la capacidad de implementar y adaptarse ágilmente a los requerimientos tributarios cambiantes en la región.
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