Domicilio Fiscal Electrónico Federal y Recaudación SIRTAC en Moneda Extranjera
- Daniela Lavin
- hace 7 días
- 2 Min. de lectura

El 23 de junio de 2025, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (CACM) publicó dos Resoluciones Generales claves para el ecosistema tributario argentino.
Domicilio Fiscal Electrónico Federal (RG CACM 14/2025)
¿Qué establece?
La norma aprueba oficialmente el “Domicilio Fiscal Electrónico Federal”, una plataforma digital dentro del Portal Federal Tributario que funcionará como canal de comunicación
oficial entre los fiscos provinciales y los contribuyentes del Convenio Multilateral.
Objetivos principales
Centralizar y estandarizar la notificación electrónica de comunicaciones con efectos legales.
Permitir el intercambio seguro de información tributaria entre jurisdicciones y sujetos obligados.
Mejorar la trazabilidad, control y validez legal de las notificaciones digitales.
Acceso y funcionamiento
El acceso se realiza mediante la Clave Fiscal Federal.
Cada contribuyente tendrá un perfil digital único asociado a su CUIT o CUIL.
Se podrán remitir notificaciones, avisos e intimaciones con fecha y hora registrada.
Es posible habilitar respuestas por parte de los contribuyentes desde el mismo sistema.
Efectos legales
Las comunicaciones se considerarán leídas automáticamente al ser abiertas o en fechas predeterminadas (martes o viernes posterior a su publicación).
Se generará una constancia electrónica con valor probatorio de cada comunicación.
Cada jurisdicción podrá establecer la obligatoriedad de uso y las condiciones legales específicas. El sistema no reemplaza sino que complementa las normativas locales.
Recaudación en Moneda Extranjera – Sistema SIRTAC (RG CACM 15/2025)
¿Qué regula?
Esta resolución modifica el artículo 2° del Anexo I de la RG 2/2019, estableciendo una regla uniforme para el ingreso de fondos recaudados en moneda extranjera a través del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).
Nueva regla- Los importes recaudados en moneda extranjera deberán ingresarse en pesos argentinos, tomando como referencia el tipo de cambio vendedor del Banco Nación al cierre del día hábil anterior a la fecha de la recaudación.
¿Por qué es relevante?
Uniforma el criterio de conversión cambiaria entre las jurisdicciones adheridas.
Brinda mayor certeza y transparencia a los agentes de percepción y contribuyentes.
Facilita la armonización operativa del sistema SIRTAC en contextos inflacionarios o de alta volatilidad cambiaria.