ARGENTINA - COMARB actualiza el Nomenclador de Actividades Económicas
- Daniela Lavin
- 21 abr
- 2 Min. de lectura

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral publicó la Resolución General CA N.º 12/2025, de 15 de abril de 2025, introduciendo importantes cambios al Nomenclador de Actividades Económicas (NAES). Esta actualización busca adecuar la clasificación de actividades a una realidad económica cada vez más digital y dinámica.
¿Por qué es importante esta actualización?
Desde la creación del NAES en 2017, la economía ha evolucionado significativamente. Nuevos modelos de negocio, como la validación de transacciones en blockchain, la entrega puerta a puerta vía apps, o los servicios de custodia de criptoactivos, requieren un encuadre más claro y preciso a efectos fiscales.
Esta resolución incorpora nuevas actividades y redefine otras existentes, promoviendo una armonización entre jurisdicciones y facilitando la declaración sistémica del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes de Convenio Multilateral.
¿Qué actividades se incorporan al NAES?
Estas son algunas de las nuevas categorías incorporadas, con sus respectivos códigos NAES:
530091 – Servicio de mensajerías puerta a puerta gestionados mediante plataformas electrónicas.
631111 – Validación criptográfica de transacciones vinculadas a criptoactivos.
631112 – Validación criptográfica de transacciones no vinculadas a criptoactivos.
631121 – Locación de poder de minado de criptoactivos.
631122 – Locación de poder de minado (excepto criptoactivos).
631123 – Servicio de custodia de criptoactivos.
631129 – Hospedaje de datos n.c.p.
631203 – Intermediación en compraventa de bienes o servicios (no financieros) mediante plataformas digitales.
631204 – Intermediación en servicios de mensajería mediante plataformas digitales.
649291 – Servicios de crédito no financiero otorgados mediante plataformas electrónicas.
649292 – Servicios de crédito no financiero (excepto los otorgados digitalmente).
649299 – Servicios de crédito n.c.p.
649992 – Compraventa e intercambio de criptoactivos por cuenta propia.
661993 – Gestión de transferencias, compraventa e inversión de criptoactivos vía plataformas digitales.
661994 – Administración y procesamiento de cobros y pagos electrónicos.
731002 – Publicidad y contenidos audiovisuales para redes sociales y plataformas digitales (creadores de contenido, influencers, etc.).
Además, se redefinen actividades del sector agropecuario, como:
016120 – Servicios de cosecha mecánica.
016130 – Contratistas de mano de obra agrícola.
016149 – Servicios de post-cosecha.
463154 – Venta al por mayor de café, té, yerba mate, especias y condimentos.
¿Qué deben hacer los contribuyentes?
Quienes estén inscriptos bajo alguno de los códigos que serán reemplazados, deberán realizar el trámite de modificación de actividades entre el 1° y el 31 de enero de 2026. De no hacerlo, serán reempadronados de oficio bajo los nuevos códigos equivalentes.
¿Desde cuándo rige?
La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y sus disposiciones se aplicarán a partir del 1° de enero de 2026.